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Información de la Ley de Portabilidad Financiera.

A partir del 8 de septiembre de 2020 comenzó a regir la Ley N° 21.236 de Portabilidad Financiera, que permite a personas, micro y pequeñas empresas cambiarse de proveedor de productos o servicios financieros, en un corto plazo de tiempo, sin costo y con mejores condiciones para cada cliente.

Con esta ley puedes solicitar portar uno o varios productos o servicios como tarjetas de crédito y débito, líneas de crédito, cuentas corrientes y créditos hipotecarios o de consumo, las veces que quieras, ya que no existe un límite máximo de solicitudes.

Las instituciones que participan en la portabilidad son Bancos, Compañías de Seguros, Cajas de Compensación, Cooperativas de Ahorro y Crédito, y Agentes Administradores de Mutuos Hipotecarios. Todas ellas fiscalizadas por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).

¿Cuáles son las etapas de la portabilidad?

La portabilidad es un proceso que tiene varias etapas, pero en el cual distinguiremos dos modalidades:

  1. Para portabilidad sin subrogación: Es cuando tienes garantías asociadas al crédito con tu proveedor actual y estas se terminan al realizar la portabilidad; también aplica cuando no existen garantías asociadas al crédito.

  1. Solicitud de portabilidad: en la cual el Cliente manifiesta a una institución financiera (Nuevo proveedor) la intención de portar uno o más productos financieros que actualmente tiene vigente con otra institución financiera (Proveedor Inicial). El Certificado de Liquidación puede ser solicitado directamente por el nuevo proveedor llenando el formulario dispuesto en la sección Portabilidad Financiera en la página https://www.amhchile.cl/portabilidad-financiera/ o bien por el cliente en su Acceso Clientes con su rut y clave secreta.
  2. Emisión de Certificado de Liquidación: Recibida la solicitud de Portabilidad por el nuevo Proveedor, este deberá solicitar directamente al Proveedor Inicial la liquidación de los productos financieros que el Cliente incluyó en la Solicitud de Portabilidad con la intención de terminarlos.
  3. Oferta de portabilidad: Recibido por el Nuevo Proveedor el Certificado de Liquidación, procederá a evaluar al Cliente para presentarle una o más Ofertas de Portabilidad, es decir las condiciones para cambiar sus productos financieros desde la institución financiera en la que actualmente los tiene contratados o rechazar la solicitud.
  4. Aceptar o rechazar portabilidad: Una vez que el Cliente recibe la respuesta del Nuevo Proveedor, podrá aceptarla si considera que le es conveniente. Con la aceptación se entrega un mandato al Nuevo Proveedor para la terminación de productos con el Proveedor Inicial. Sin perjuicio de lo anterior, el Cliente podrá arrepentirse de la oferta de portabilidad aceptada en cualquier momento, respecto de los productos o servicios financieros que aún no haya contratado.
  5. Contratación de Productos: Una vez aceptada la Oferta, el Nuevo Proveedor debe realizar todos los trámites para contratar con el cliente los productos o servicios financieros especificados en dicha oferta.
  6. Mandato término de Productos y Servicios financieros: Celebrados los contratos con el Nuevo Proveedor, este deberá solicitar a nombre del Cliente el término de los productos financieros al Proveedor Inicial.
  7. Término del proceso: Una vez que se hayan realizado los pagos e instruido el cierre de productos al Proveedor Inicial, el Nuevo Proveedor debe rendirle cuentas al cliente de las gestiones realizadas. Esto lo hará el Nuevo Proveedor mediante un certificado y acompañando copia de las comunicaciones con el Proveedor Inicial.​
  1. Para portabilidad con subrogación: Es cuando tienes garantías asociadas al crédito con tu proveedor actual y la nueva institución financiera pasa a ser beneficiaria de la garantía.

  1. Solicitud de portabilidad: en la cual el cliente manifiesta a una institución financiera (nuevo proveedor) la intención de portal uno o más productos financieros que actualmente tiene vigente con otra institución financiera (Proveedor inicial). El Certificado de Liquidación puede ser solicitado directamente por el nuevo proveedor llenando el formulario dispuesto en la sección Portabilidad Financiera en la página https://www.amhchile.cl/portabilidad-financiera/ o bien por el cliente en su Acceso Clientes con su rut y clave secreta.
  2. Requerimiento de certificado de liquidación: Recibida la solicitud de portabilidad financiera por parte del cliente, el nuevo proveedor deberá solicitar al proveedor inicial a través de los canales correspondientes el certificado de liquidación del o los productos financieros que se desean portar.
  3. Emisión de certificado: Recibido el requerimiento por parte del nuevo proveedor, el proveedor inicial tendrá un máximo de 3 días hábiles para enviar certificado de liquidación emitido que comprenderá la deuda total a pagar del o los productos financieros que se desean portar.
  4. Oferta de portabilidad: Recibido por el Nuevo Proveedor el Certificado de Liquidación, procederá a evaluar al Cliente para presentarle una o más Ofertas de Portabilidad, es decir las condiciones para cambiar sus productos financieros desde la institución financiera en la que actualmente los tiene contratados o rechazar la solicitud.
  5. Aceptar o rechazar portabilidad: Una vez que el Cliente recibe la respuesta del Nuevo Proveedor, podrá aceptarla si considera que le es conveniente. Con la aceptación se entrega un mandato al Nuevo Proveedor para la terminación de productos con el Proveedor Inicial. Sin perjuicio de lo anterior, el Cliente podrá arrepentirse de la oferta de portabilidad aceptada en cualquier momento, respecto de los productos o servicios financieros que aún no haya contratado.
  6. Contratación de Productos: Una vez aceptada la Oferta, el Nuevo Proveedor debe realizar todos los trámites para contratar con el cliente los productos o servicios financieros especificados en dicha oferta.
  7. Cierre o término de productos: Una vez realizado el pago correspondiente por parte del nuevo proveedor al proveedor actual, este será el responsable del término de los productos portados además de enviar inscripción vigente en el registro correspondiente al nuevo proveedor para que este pueda efectuar el proceso de subrogación.

¿Como comenzar el trámite de portabilidad?

Solicitando el Certificado de Portabilidad

  1. Puedes pedir al nuevo proveedor donde quieres llevarte tus productos o servicios, que solicité directamente el Certificado de Liquidación y luego comience el trámite.
  2. Tú puedes solicitar el Certificado de Liquidación a tu actual proveedor para llevarlo a la institucion donde quieras portar tus productos o servicios.

¿Como solicitar el Certificado de Liquidación para comenzar la gestión de Portabilidad?

  • Nuestros clientes podrán solicitar su Certificado de Liquidación en su Acceso Clientes con su rut y clave secreta.
  • Los nuevos proveedores pueden solicitar el Certificado de Liquidación, llenando el formulario dispuesto en la sección Portabilidad Financiera.